Modem libre: Assoprovider gana en el Consejo de Estado

Rechazada la apelación de Wind 3 sobre la cuestión del módem libre, una de las batallas llevadas adelante por Assoprovider

Otro logro alcanzado por Assoprovider. El Consejo de Estado ha rechazado el recurso presentado por Wind 3 sobre el módem libre.

La del módem libre es una de las batallas de equidad y transparencia llevada adelante a lo largo de los años por nuestra asociación. En este artículo repasamos brevemente su historia.

¿Por qué el módem no era libre?

Antes de la denuncia de nuestra asociación, algunas grandes compañías telefónicas obligaban a los usuarios a elegir un módem propuesto por ellas, incluyendo, según una práctica muy oscura, el costo del aparato en las suscripciones, perjudicando así tanto a los consumidores como a los operadores de proximidad.

La denuncia lleva a una resolución de AGCOM en 2018 que acoge las tesis de Assoprovider y contra la cual algunas compañías telefónicas se mueven con un recurso al Tar.

El Tar del Lazio en 2020, sin embargo, rechaza el recurso de Tim y Wind 3, ofreciendo así ella posibilidad para los consumidores de elegir el módem a utilizar, independientemente de la compañía a la que están vinculados.

En 2021 Tim recurre al Consejo de Estado, que define "en parte inadmisible y en parte infundado el recurso presentado por Telecom Italia contra la resolución de AGCOM en materia de módem libre". Aquí un artículo de Wired que profundiza el asunto.

Pasemos a hoy: el Consejo de Estado

También Wind 3 apela al Consejo de Estado, oponiéndose a la sentencia del Tar del Lazio.

Una elección, sin embargo, que no ha cambiado el marco normativo, con el Consejo de Estado que ha rechazado la apelación de la compañía telefónica, confirmando la validez de los argumentos de nuestra asociación.

Una decisión que protege tanto a los consumidores, que pueden seguir ahorrando comprando módems a precios más asequibles, como a los pequeños y medianos operadores que pueden ser más competitivos en el mercado.

«Los usuarios finales tienen el derecho de utilizar equipos terminales de acceso a Internet de su elección. Los acuerdos entre los proveedores de servicios de acceso a Internet y los usuarios finales sobre las condiciones y las características comerciales y técnicas de los servicios de acceso a Internet, tales como precio, volúmenes de datos o velocidad, y las prácticas comerciales adoptadas por los proveedores de servicios de acceso a Internet, no limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales de utilizar equipos terminales de su elección», se lee en la sentencia. 
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